Un ayudante de camarero trabajaba en una empresa desde febrero de 2013. El 10 de mayo de 2024 fue despedido disciplinariamente por una supuesta “falta de confianza”. Ese mismo día, presentó una demanda. Durante el acto de conciliación, la empresa reconoció la improcedencia del despido. Como resultado, pactaron una indemnización de 1.010,21 euros. Esta cantidad era mucho menor de lo que le correspondía por antigüedad y un salario bruto mensual de 1.936,93 euros.
Días después, el 20 de mayo, solicitó la prestación por desempleo. Además, pidió la capitalización del paro para cobrarla en un solo pago. Su objetivo era hacerse autónomo y abrir un bar. Para ello necesitaba una inversión de 25.000 euros.
La negativa del SEPE y la acusación de fraude
Sin embargo, el SEPE denegó la capitalización del paro. Argumentó que existía fraude de ley. El organismo descubrió que el trabajador había firmado un contrato de arrendamiento para el local el 17 de mayo, es decir, antes de solicitar oficialmente la ayuda.
Por este motivo, el SEPE consideró que el despido había sido pactado con la empresa. El objetivo era acceder indebidamente a la prestación por desempleo. Por ello, además de denegar la ayuda, exigió la devolución del dinero.
La decisión judicial y los motivos del tribunal
Inicialmente, el Juzgado de lo Social n.º 2 de Vitoria-Gasteiz dio la razón al trabajador. Sin embargo, el SEPE recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Finalmente, el tribunal falló a favor del organismo público.
El tribunal concluyó que el despido fue simulado. Primero, se basó en un motivo genérico que no se probó. Segundo, la improcedencia se reconoció de inmediato y la indemnización fue muy baja. Además, la papeleta de conciliación se presentó antes de la entrega formal de la carta de despido. Por último, el contrato de alquiler del bar se firmó pocos días después. Todo esto evidenció que el despido sirvió para financiar el nuevo negocio mediante el paro.
Fuente: El Cronista